Juan
Miguel Fernández
EL
DESGUACE DEL PATRIMONIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
El
sistema español de pensiones se apoya en una legislación específica
que encierra y protege un modelo de seguridad social basado en el
sistema de reparto, es decir un sistema en el que las pensiones de
los trabajadores jubilados se financia principalmente con
cotizaciones de los trabajadores activos. Todo un sistema legal e
institucional que, reflejo de la unidad de la clase obrera de todo el
estado, protege la unidad de la caja única. Es un sistema legal
específico con características que le han dado una solidez
cuestionada en la actualidad desde distintos ángulos.
Entre
esa características que marcan el carácter de clase de nuestra
Seguridad Social destacan aquellas que facultan a los sindicatos a
participar en su control, a nivel de empresa y en la dirección. Los
representantes sindicales tienen derecho a conocer la información
detallada sobre el ingreso de las cotizaciones sociales por parte del
empresario, la relación nominal de los trabajadores y el boletín de
cotización, las horas extras realizadas y su cotización. Así
mismo, en la cúspide de esas instituciones, en el Consejo General,
por derecho propio, hay representantes de los sindicatos (un tercio)
con capacidad de control y vigilancia de la gestión.
Una
segunda característica es que su patrimonio, formado por todos los
recursos, bienes y derechos, constituye un patrimonio único afecto a
sus fines y distinto del patrimonio del Estado. Sus bienes inmuebles
deben estar inscritos en el registro de propiedad a nombre de la
Tesorería General de la Seguridad Social. Sus presupuestos no están
sometidos a la regla de gasto y son ampliables en todo lo necesario
para atender el derecho a las prestaciones.
Esta
articulación se encuentra amenazada por la encarnizada lucha del
capital financiero por reducir el coste del trabajo, lo que lleva al
gobierno a resquebrajar el sistema. Es más, la aceptación de sus
premisas conduce a las direcciones del movimiento obrero a proponer
líneas de desmembración del sistema de Seguridad Social. Véase la
propuesta de financiar con impuestos las prestaciones de viudedad y
orfandad, o la asunción por parte del estado de los gastos de
administración de la Seguridad Social, o las propuestas de cambio
del modelo actual de Seguridad Social por otro que dé entrada a la
financiación por impuestos finalistas.
Un
caso especial de desguace de la Seguridad Social lo constituye las
propuestas que merodean en el Pacto de Toledo sobre el traspaso de
inmuebles de la Seguridad Social a la Administración General del
Estado.
Así
los dirigentes el PDeCAT plantean en el Pacto de Toledo lo siguiente:
"Que
se liquiden definitivamente las deudas existentes entre la Seguridad
Social y el Estado (..) permitiendo a las Administraciones titulares
de la gestión adquirir la plena titularidad dominical de los
establecimientos donde se ubican los servicios de referencia".
El
enigma lo aclara el Informe del gobierno sobre el desarrollo del
Pacto de Toledo 2011 – 2015, cuando informa de la existencia de
unos préstamos desde el Presupuesto del Estado al Presupuesto de la
Seguridad Social, por un total de 17.168,65 millones de euros, que
debieron haberse registrados como simples aportaciones o
transferencias. Al registrarlos como préstamos lo que se hacía era
trasladar los problemas de déficit del Presupuesto del Estado al
Presupuesto de la Seguridad Social. Así lo reconoce el propio
informe del gobierno justificando esta financiación mediante
préstamos: "probablemente
para no incrementar el déficit del estado, se estableció vía
préstamos en lugar de instrumentar las transferencias necesarias".
Se trata de deudas falsas, pero que ahora se quieren cobrar a costa
de bienes que forman parte del patrimonio de la Seguridad Social.
Y
para que se liquiden estas falsas deudas de la Seguridad Social con
Estado el gobierno dice: "La
resolución de los problemas de contabilidad derivados de los
préstamos (...) podría resolverse (..) permitiendo a las
Administraciones titulares de la gestión adquirir la plena
titularidad dominical de los establecimientos donde se ubican los
establecimientos de referencia".
Los establecimientos de referencia son los establecimientos
sanitarios (los hospitales, ambulatorios centros de salud, etc.) y
establecimientos de los servicios sociales en uso por las Comunidades
Autónomas y cuya adquisición fue financiada con cotizaciones
sociales.
Como
en el último año el gobierno del PP ha vuelto a utilizar esta
táctica fraudulenta, iniciada por el gobierno socialista en los años
90, la presión por utilizar los inmuebles del patrimonio de la
Seguridad Social para tapar los déficits crónicos de los
presupuestos del Estado o las Comunidades Autónomas se incrementará.
Proceder totalmente ilegal, pues el destino de ese patrimonio propio
debe afectarse exclusivamente a los fines propios de la Seguridad
Social, por ejemplo ser soporte financiero de las pensiones.
Si
la movilización sindical no lo remedia, estamos ante otro capítulo
del desguace de la Seguridad Social, el saqueo de un valioso
patrimonio inmobiliario que puede ser soporte de parte de sus
necesidades financieras.